En enero entraron en vigor las ayudas para tecnología de la CAM. Las ayudas se dedican a proyectos 4.0 y son concedidas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para la Comunidad de Madrid. Son muchas las empresas que se pueden beneficiar con subvenciones de entre el 10% y el 50%. Las ayudas para tecnología de la CAM se concederán mientras exista crédito disponible. Si eres una PYME madrileña, estas subvenciones te interesan.
NOTA: Esta publicación ha sido actualizada el 14/05/2021
QUÉ SON
Las ayudas para tecnología de la CAM forman parte del Procedimiento de concesión directa de ayudas cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el apoyo a la puesta en marcha por las Pymes industriales madrileñas de proyectos de Industria 4.0. Forman parte de Programa Operativo FEDER Comunidad de Madrid 2014-2020. Estas ayudas con cargo a ese Fondo Europeo llevan concediéndose desde 2017.
DESTINATARIOS
Pymes del sector industrial que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y que desarrollen una actividad industrial productiva.
Se define una actividad industrial productiva a toda actividad encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm 102, de 28 de abril de 2007).
Estas divisiones incluyen desde fabricación de alimentos (pan, cárnicas, lácteos, pescados, frutas) hasta construcción naval, pasando por otros como papel y cartón, metalurgia, industria del mueble, textil o artes gráficas. El abanico es muy amplio.
PLAZO
Desde el 01/01/2020, y “mientras exista crédito disponible. Una vez que se agote el crédito disponible, las solicitudes recibidas con posterioridad serán resueltas desfavorablemente.”
ACTUALIZACION: En diciembre de 2020 la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la CAM prorrogó la vigencia de las ayudas a las PYMEs industriales madrileñas hasta el 31/12/2023, por lo que siguen vigentes en 2021.
REQUISITOS
Los requisitos para las ayudas para tecnología de la CAM de este año son:
- Disponer de un centro de trabajo de la Comunidad de Madrid
- Realizar una actividad industrial productiva.
- Serán subvencionables los proyectos en los que la suma de los gastos subvencionables referidos a inversiones materiales y/o inmateriales sea igual o superior a 40.000 euros y la suma de los gastos subvencionables referidos a consultoría sea igual inferior a 40.000 euros.
- Será necesario presentar 3 ofertas de diferentes proveedores, cuando el importe del gasto supere los 15.000 euros en contratos de suministro o de servicios y 40.000 euros en contratación de obras.
- Para gastos inferiores se deberá aportar como mínimo una oferta o factura proforma.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
La cuantía de las ayudas para tecnología de la CAM será del 20 % para medianas empresas y 30 % para pequeñas empresas de los gastos considerados subvencionables, en caso de las empresas que dispongan de un centro de trabajo de las zonas elegibles del Corredor del Henares y Sur Metropolitano.
Para las restantes pymes industriales de la Comunidad de Madrid , la cuantía de la ayuda será del 20% de los costes subvencionables en el caso de las pequeñas empresas y del 10% en el caso de las medianas.
En el caso de servicios de consultoría la intensidad de ayuda será del 50% de los costes subvencionables.
El límite máximo de subvención será de 200.000 euros para las medianas empresas y de 300.000 euros para las pequeñas empresas, para gastos materiales e inmateriales.
No se considerarán subvencionables las inversiones y proyectos comenzados con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda,
GASTOS y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Gastos subvencionables
- Inversiones materiales
- Instalaciones Maquinaria
- Equipos de Producción
- Equipos para la Investigación y Desarrollo
- Equipos Informáticos
- Otros: ___________ (Definir)
- Inversiones Inmateriales
- Plataformas Tecnológicas
- Herramientas software
- Licencias Patentes Marcas Secreto industrial
- Otros:____________ (Definir)
- Costes de los servicios de consultoría prestados por consultores externos (no consistentes en actividades permanentes o periódicas ni relacionados con los gastos normales de explotación)
Actuaciones subvencionables:
- a) Implementación de soluciones innovadoras de negocio utilizando tecnologías ligadas a:
(i) open/linked/big data
(ii) data analytics
- b) Internet del futuro.
- c) Plataformas colaborativas.
- d) Implementación de soluciones innovadoras de comunicaciones y tratamiento de datos:
(i) conectividad
(ii) movilidad
(iii) computación en la nube
- e) Implementación de soluciones innovadoras en los procesos de fabricación utilizando tecnologías como:
(i) realidad aumentada
(ii) robótica colaborativa
(iii) fabricación aditiva
(iv) sensores y sistemas embebidos
(v) control de procesos
- f) Implementación de aplicaciones y soluciones tic en la cadena de valor de la empresa industrial
- g) Ciberseguridad y confianza digital
- h) Redes Sociales como vehículos de potencial desarrollo empresarial
Como se puede ver, la mayoría de las inversiones materiales, las actuaciones subvencionables, y parte de las inversiones materiales, caen en el campo de la actividad informática. Si tienes algún proyecto en espera de ser realizado, aprovecha estas subvenciones y benefíciate de una importante subvención. Del 20% en el caso de medianas empresas y del 30% en pequeñas empresas. Eso sin contar el 50% de los servicios de consultoría.
Aprovecha esta oportunidad y aprovecha las ayudas para tecnología de la CAM. para poner en marcha ese proyecto o adaptación que has estado posponiendo. Desde Extra Software, estaremos encantados de ayudarte para que puedas beneficiarte de esta subvención para un proyecto informático.
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MÁS INFORMACION
Publicación de la oferta en página de la CAM
BOCM 13/01/2020
http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/01/13/BOCM-20200113-5.PDF
Resolución de prórroga de 30/12/2020