Servicio de Atención al Cliente: 902 170 000 comercial@extrasoft.es
Ciberseguridad doméstica: dispositivos de IoT

Ciberseguridad doméstica: dispositivos de IoT

Los llamados dispositivos inteligentes podrían superar los 26.000 millones en 2020. Cada vez vivimos más rodeados de ellos: Casas inteligentes, tecnología “vestible” (wearables) o electrodomésticos. Todos ellos suponen un riesgo de seguridad, si no tomas las precauciones de ciberseguridad doméstica que indicamos en este artículo.

El Internet de las Cosas está aquí para quedarse. Se refleja en los dispositivos tecnológicos que llevamos con nosotros: móviles, portátiles, pulseras inteligentes. Pero también lo podemos ver en las casas u oficinas: neveras, bombillas, persianas o termostatos. El Internet de las Cosas está ya presente en nuestra vida cotidiana, y esto puede suponer un problema añadido de seguridad.

El primer problema de estos dispositivos inteligentes es que a menudo llevan contraseñas de fábrica (por tanto, menos seguras). Otra brecha de seguridad es que muchos no tienen el cifrado necesario para transmitir la información. Por tanto las páginas de configuración pueden resultar inseguras. Además, muchos de ellos no tienen actualizaciones de seguridad, lo que evitaría vulnerabilidades de seguridad.

Un estudio de los investigadores de los Evaluadores de Seguridad Independientes (ISE), cuyos resultados se expusieron hace poco, era algo alarmante. Realizaron pruebas de seguridad entre 13 dispositivos IoT y detectaron 125 vulnerabilidades en enrutadores inalámbricos SOHO y dispositivos de almacenamiento conectado a la red (NAS). el año 2013, habían encontrado 53. Es una prueba de que la seguridad no va en aumento, sino más bien al contrario en este tipo de dispositivos.

Además, los dispositivos IoT son susceptibles de vulnerabilidad, por cuestiones empresariales y legales. Por una parte, tienen recursos limitados, por lo que hay limitaciones de procesamiento y memoria. Debido a la necesidad de ser competitivos, los fabricantes tienden a reducir sus opciones de seguridad. Este riesgo aumenta por la necesidad de fabricar rápido para atender la demanda del mercado.

Por otra parte, al no haber todavía mucha experiencia en el campo de la ciberseguridad IoT. Por tanto, no existe un banco de datos de incidencias y vulnerabilidades al que recurrir.

Finalmente, hay una escasez de regulación de protección de la información en este ámbito, debido a la dificultad para regular en un ámbito tecnológicamente tan novedoso. Los consentimientos que prestan los usuarios se consideran de “baja calidad”. Este tema se agrava por la falta de una asignación clara de responsabilidades entre los fabricantes, los prestadores de servicios y los usuarios, en caso de fallos de seguridad.

Precauciones al comprar un aparato de IoT

El hecho es que no estamos demasiado protegidos al comprar un aparato inteligente, ni por los fabricantes ni por la ley. Por tanto, debemos aumentar las precauciones al adquirir un dispositivo inteligente:

  • Es necesario informarse antes de comprar un dispositivo de IoT. Por ejemplo, hay que asegurarse de que cuenta con las actualizaciones necesarias para evitar vulnerabilidades.
  • Una vez recibido, sería necesario cambiar la contraseña que viene de fábrica. Pero cuidado, si viene con medidas de seguridad de fábrica, estas nunca hay que quitarlas.
  • También hay que asegurarse de que el dispositivo no tiene acceso a internet, salvo con redes seguras.
  • Para todas las instalaciones de aplicaciones, hay que ser muy estricto con lo que se instala y en todo momento debe tenerse actualizado el dispositivo. Lo mismo vale para dispositivos de almacenamiento externo tipo pen-drive que se conecten.
    Por último, no se debe conectar el dispositivo externo con otros dispositivos de los que se desconoce la seguridad.

En definitiva, cuando compramos los ordenadores atendiendo mucho a la seguridad, con antivirus y actualizaciones. Simplemente, hay que incorporar que debemos proceder del mismo modo con aparatos como pulseras inteligentes o electrodomésticos programados. La ciberseguridad debe incorporarse como requisito en nuestros hábitos de compra de dispositivos IoT, si no queremos encontrarnos con la desagradable sorpresa de que nuestros datos están en poder de hackers, o que nuestro electrodoméstico forme parte de un ciberataque teledirigido.

En Extra Software, contamos con un departamento de IoT, un equipo especializado en el desarrollo de software para IoT, que puede ayudarte en caso de que necesites un proyecto de estas características para tu empresa.

¡SI TE GUSTÓ, COMPÁRTELO!
¿Cuándo se aplica SILICIE, el nuevo sistema de la AEAT?

¿Cuándo se aplica SILICIE, el nuevo sistema de la AEAT?

SILICIE (son las siglas de Suministro Inmediato de Libros de Información Contable de Impuestos Especiales) es el nuevo sistema que implantará la Agencia Tributaria para controlar la contabilidad de impuestos especiales de los productos que los requieren. Entre los productos que requieren Impuestos especiales tenemos la cerveza, vino y bebidas derivadas del alcohol, bebidas fermentadas y productos intermedios, los hidrocarburos y las labores del tabaco.

¿Quiénes están obligados a SILICIE?

Están afectados los establecimientos que fabriquen o almacenen los productos mencionados y los establecimientos que almacenen y comercialicen productos afectados por los impuestos a bebidas alcohólicas y tabaco conjuntamente.

Obligará a fábricas, depósitos fiscales, almacenes fiscales, depósitos de recepción, fábricas de vinagre y en general todos aquellos que establecimientos relacionados con las actividades y productos mencionados..

Está regulado por el Real Decreto 1512/2018, que modifica artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales. En él se informa de un nuevo sistema para facilitar el registro en tiempo casi real de la información contable por parte de la AEAT. Al igual que sucedió con el SII para las grandes empresas, el SILICIE también supone la supresión de ciertos impuestos, como el 570 (e Declaración de Operaciones respecto a hidrocarburos), el 553 (Declaración de operaciones en fábricas y depósitos de vino y bebidas fermentadas) y el 548 (Declaración informativa de cuotas repercutidas).

Está pendiente aún el desarrollo normativo que especifique en detalle las obligaciones de los afectados por el Real Decreto.

¿Cuándo se aplica el sistema para enviar la contabilidad de impuestos especiales?

Según la ley, a partir del 01/01/2020 será obligado cumplir con el Reglamento que obliga a este nuevo sistema.

Para las empresas de desarrollo el Entorno Real de suministro (el que se activará desde 2020) funcionará en Modo Test entre el 1 de octubre de 2019 y el 15 de Diciembre de 2019. De hecho, se había previsto que empezara este modo test se iniciara el 15 de Septiembre, pero finalmente se ha retrasado.

La última quincena de diciembre el sistema se cerrará para que la AEAT pueda limpiarlo para ponerlo de nuevo en marcha en modo real en enero.

¿Cómo funciona el sistema para enviar la contabilidad de impuestos especiales?

Los obligados deberán suministrar telemáticamente los libros que reflejen procesos de fabricación, movimientos de productos y existencias (incluidas materias primas) y las diferencias que se pongan de manifiesto con ocasión del almacenamiento, fabricación y circulación.

Una de las consecuencias directas de este sistema es que no se podrá anular el envío de los asientos suministrados a la AEAT, sino que habrá que hacer contrasientos. En concreto, si la remisión del asiento ha sido un error habrá que dar de baja el asiento en la contabilidad y dar de alta uno nuevo con la referencia del anulado, que es el que se remite.

En el caso de los plazos, hay más flexibilidad para procesos de fabricación, pero los movimientos de productos terminados habrá que informarlos en un plazo de 24 horas. Las empresas habrán de hacerse por tanto con herramientas informáticas que permitan responder con esta inmediatez, como ya sucedió con el SII.

Según la Agencia Tributaria hay varios sistemas de suministrar electrónicamente la contabilidad de impuestos especiales.

  • Directamente a la Agencia Tributaria se permite hacer mediante Formulario en la sede electrónica de la misma.
  • Telemáticamente mediante importación de ficheros desde Agencia Tributaria.
  • De manera también telemática, mediante Servicios Web, para lo que es necesario algún tipo de herramienta.

En Extra Software, estamos trabajando en la optimización del software que permitirá la remisión telemática de la información a la Agencia Tributaria. Si estás interesado contacta con nosotros y te informaremos de las condiciones comerciales.

¡SI TE GUSTÓ, COMPÁRTELO!
Aquí tienes tu Calendario del Contribuyente de septiembre de 2019

Aquí tienes tu Calendario del Contribuyente de septiembre de 2019

Sabemos que es una obligación. y que estarás pensando todavía en otras cosas, pero para que no te descuides a la vuelta de las vacaciones, te hacemos llegar el Calendario del Contribuyente para los impuestos de RENTA, SOCIEDADES E IVA de este mes de Septiembre. Recuerda que tienes de plazo hasta el 20 de Septiembre para los impuestos más inmediatos (la gran mayoría) y hasta el 30 para algunos de ellos (303,322 y 353).

Para que puedas distinguir con claridad los Impuestos que puedes presentar con Gextor, te los ponemos destacados en verde. Para todos los demás, deberás utilizar la página de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

HASTA EL 20 DE SEPTIEMBRE

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

Agosto 2019. Grandes empresas: Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230

IVA

Julio y agosto 2019. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: Modelo 349.

Agosto 2019. Operaciones asimiladas a las importaciones: Modelo 380.

HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE

IVA

Agosto 2019. Autoliquidación: Modelo 303.

Agosto 2019. Grupo de entidades, modelo individual: Modelo 322.

Agosto 2019. Grupo de entidades, modelo agregado: Modelo 353.

Y SI NECESITAS INFORMACIÓN DE MÁS IMPUESTOS:

Hasta el 20 de Septiembre, tienes también como tope para presentar estos impuestos:

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

Julio y agosto 2019: Modelo 430.

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

Junio 2019. Grandes empresas: Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558, 561, 562 y 563.

Agosto 2019: Modelos 548, 566, 570, 580 y 581.

Agosto 2019: Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: Modelo 510.

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD

Agosto 2019. Grandes empresas: Modelo 560.

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

Segundo trimestre 2019. Pago fraccionado: Modelo 583.

Segundo cuatrimestre 2019. Autoliquidación: Modelo 587.

Esperamos que esta información sea de interés. Te recordamos que Gextor cuenta con un módulo de Impuestos muy completo , con cuya ayuda podrás presentar modelos de IVA, IRPF, TERCEROS, SOCIEDADES Y CUENTAS ANUALES.

Y si necesitas acceder al Calendario del Contribuyente de 2019 completo, publicado por la Agencia Tributaria, CLICA AQUÍ.

¡SI TE GUSTÓ, COMPÁRTELO!
7 ideas para superar la vuelta al trabajo con  tecnología

7 ideas para superar la vuelta al trabajo con tecnología

Hay infinidad de personas a las que la vuelta al trabajo, después de un largo periodo vacacional, se les hace cuesta arriba La irritabilidad, la desgana, un poco de tristeza, los trastornos en el sueño o las malas digestiones o cansancio son algunos de los síntomas de la ya tópica “depresión postvacacional”. Pero también hay una batería de medidas para superarla, como reforzar las emociones positivas, involucrarse en alguna actividad nueva, crear o fortalecer lazos personales o practicar deporte. Hoy te vamos a contar 7 recursos para superar la vuelta al trabajo con tecnología.

1. Adapta tus horarios progresivamente

Durante las vacaciones puedes haberte levantado más tarde de las 10:00 algunos días, y desde luego en general no te habrás levantado a las 7 todos los días. Muchos especialistas recomiendan empezar a levantarse antes unos días antes de incorporarse al trabajo, aunque aún estés de vacaciones. También irse a la cama pronto es importante, para poder levantarse mejor, y tener un tiempo de adaptación antes de empezar tu jornada. Acostarse y levantarse puede ser una tarea más para la que puedes establecer avisos. Además, las pulseras tecnológicas también pueden ayudarte a monitorizar tu sueño, lo que puede ser una gran ventaja.

2. Apúntate a un gimnasio o utiliza una App para correr

El ejercicio produce un subidón de serotonina al finalizar, que te da energía y buen tono vital para la actividad diaria. Sin embargo, el 40% de los españoles no lo practica, y solo el 30% lo hace regularmente. Septiembre es un buen momento para apuntarse a un gimnasio. Si eres de los que no quiere meterse en un lugar cerrado, Apps como Runtastic o Nike Run Club, son muy adecuadas para salir a correr.Y también está, al menos durante unas semanas, la opción de la piscina al aire libre. Hazte unos largos cada día, y recuperar tu tono vital.

3. Escucha música mientras haces ejercicio

En general escuchar música es muy bueno, sobre todo si buscas aquella que te puede ayudar a segregar endorfinas en tu cerebro. Pero además, hay aplicaciones como Spotify o Zombies, Run! que te permiten combinar tu ejercicio físico con canciones, en el primer caso, y con una simulación sonora de un entorno con zombies (lo creas o no) la segunda.

4. Divide y vencerás

Cuando te espera una actividad grande que puede resultar abrumadora, divide las tareas en bloques y aborda primero las de dificultad media. Luego pasa a las de dificultad alta y finalmente a las de baja. Además, una organización de tus tareas te puede ayudar a llevar el día con mayor soltura e incluso productividad. Apps como Asana o Google Calendar pueden ayudarte a gestionar mejor tu tiempo.

5. Come bien, vive mejor

No caigas en el mal hábito de comer precocinados o comida pre-elaborada industrialmente. Cocinar para ti y llevarte la comida al trabajo no solo es más saludable, sino también más económico. Y algo que han proliferado increíblemente los últimos años son las Apps de recetas de cocina, como Hatcook, Runtasty o la española Canal Cocina. Con ellas quedarse sin ideas para el menú de cada día es casi imposible.

6. Mejora los recorridos en metro o autobús

Si trabajas en una ciudad grande, es más que probable que tengas que hacer largos recorridos en metro, tren o autobús. Acostumbrado a ir paseando de tu hotel a la playa o de tu apartamento a la piscina, se te puede hacer tedioso. Sin embargo, gracias a los eReader, ahora puedes aprovechar los largos trayectos para leer libros o artículos. La baja iluminación, una batería con gran capacidad o su pantalla son algunos de las características para elegir uno adecuado.

7. No arrastres peso innecesario

¿Eres de los que tienes que arrastrar kilos extra porque en tus reuniones con clientes es necesario que lleves un pesado ordenador portátil? El ordenador, que en vacaciones puede haber sido tu aliado para tus actividades de ocio, se puede convertir en tu enemigo. Es el momento de avanzar a la siguiente generación y hacer tus presentaciones con una tablet o una Surface. Además, las prestaciones de estos dispositivos cada vez son más interesantes y te pueden dar más juego en diseño y seguridad.

Lo más importante, de estas 7 ideas, cinco de ellas son totalmente gratis. En definitiva, lo más importante es ayudar a tu cuerpo a sentirse mejor, ya sea con hábitos saludables de comida, ejercicio o sueño. Todo esto generará sustancias en tu cerebro que harán a tu mente sentirte mejor, y que afrontes el día con alegría y buen humor. Es tan sencillo como eso, lo que cuesta solo un poco más es practicarlo. 🙂

¡SI TE GUSTÓ, COMPÁRTELO!
¿Hasta dónde va a llegar el crecimiento de España en 2020?

¿Hasta dónde va a llegar el crecimiento de España en 2020?

El pasado mes de Junio España salía del llamado Procedimiento de Déficit Excesivo, y el crecimiento se prevé cercano al 2,4% para 2019, mientras que se espera que el paro baje, si bien de manera muy moderada, los próximos dos años. Pero… ¿Podríamos aproximarnos a una nueva crisis? ¿Hasta dónde llegará el crecimiento de España en 2020?

El fin del Procedimiento de Déficit Excesivo

El control desde la Comisión Europea al que España estaba sometida desde el 18/02/2009 terminó en Junio de este año. Europa consideró que los próximos dos años España no bajará del -3% en déficit público, por lo que ha dejado de estar bajo el brazo corrector de la Comisión Europea. Sin embargo, no habrá que relajarse, porque Bruselas sigue exigiendo ajustes. Pero el control no será tan estricto ni la necesidad de llegar tan apremiante como los últimos años.

Ya en el primer trimestre los objetivos del déficit quedaban fijados por el gobierno en -1,8% para este año (por debajo de lo que plantea Bruselas) y -1,1% para este año. Con la salida del Procedimiento de Déficit Excesivo, también se pedía un ajuste estructural anual de 0,65% del déficit para 2020 (15.000 millones de euros). Es decir, si bien España ha salido del control de la Comisión Europea, hay una advertencia muy clara de que debe seguir realizando ajustes.

Reajuste del crecimiento

Por otra parte, a pesar de los importantes vientos en contra que hay en el mundo, se prevé que el crecimiento en España no se estanque en los próximos dos años. Las coyunturas de política nacional e internacional van a generar ciertos efectos correctores en el crecimiento. El crecimiento del año pasado se quedó en un 2,5%, y está previsto que llegue al 2,4% en 2019 y al 2% en 2020. En definitiva, el crecimiento va a ser moderado y se irá ralentizando. Los ajustes en la política monetaria de la FED en los EEUU, la moderación del crecimiento global, y el estancamiento del turismo por la competencia de los países que hasta ahora tenían mayores tensiones políticas que España, van a producir esta ralentización del crecimiento.

Algo parecido sucede con el paro. Fijado en 15,8% en 2018, aunque las cifras son positivas en 2019, no se espera que baje a un porcentaje inferior del 12,6% en 2020. La subida del SMI (Salario Medio Interprofesional) del año pasado, según los analistas, puede provocar efectos adversos en la creación de empleo. Se espera un crecimiento ocupacional del 2,1% en 2019, que disminuirá al 1,8% en 2020.

En definitiva, hay crecimiento y disminuye el paro, pero año a año se va ralentizando esta evolución.

Amenazas y fortalezas de la economía española

Dentro de las amenazas externas a la economía española se encuentra la guerra comercial entre EEUU y China, el ascenso del populismo en países como la propia EEUU, el caso Venezuela y sobre todo el del Reino Unido (que ha producido la pesadilla europea del Brexit). Entre las amenazas internas tenemos la falta de pacto entre partidos, que aleja cada vez más la aprobación de unos nuevos Presupuestos Generales. Por otra parte, aunque la renta fija se ha mantenido estable, el comportamiento del IBEX 35 no ha sido muy favorable, con una caída del 10% durante el año 2018.

Entre las fortalezas o ventajas tenemos, a nivel externo, la caída del precio del combustible (somos un país muy dependiente de esta variable), y a nivel interno el aumento de la demanda interna. El año pasado esta variable elevó el PIB en 2,9 puntos. La demanda interna sigue compensando una demanda externa que aún no es favorable. Por otra parte, la evolución de la economía estadounidense es buena, pese al crecimiento de la deuda pública a causa de su política fiscal. Estados Unidos no entrará en recesión los próximos años, y sus últimos acercamientos a China para superar la guerra comercial favorecen también la coyuntura a nivel global.

El crecimiento de España los próximos años

En conclusión, aunque Bruselas no va a permitir que España se relaje en sus políticas fiscales, la realidad es que la economía española sale de su brazo corrector. A nivel global hay importantes amenazas y un crecimiento moderado, pero ninguna primera potencia está verdaderamente en crisis, ni siquiera en un comienzo de crisis. Son más preocupantes más bien los conflictos comerciales entre dos de ellas (EEUU y China). España seguirá creciendo, si bien dicho crecimiento se irá moderando con los años. Aunque el país no puede dilapidar el gasto público que tanto ha costado estabilizar, y el esfuerzo económico debe continuar, no podemos decir que España esté en riesgo inmediato de entrar en una nueva recesión. Si no hay más tensiones políticas -lo que no está descartado-, puede que por fin se mantenga la senda del crecimiento que tanto ha costado encontrar. Y esto son buenas noticias, habida cuenta de lo que supuso la última crisis.

¡SI TE GUSTÓ, COMPÁRTELO!
La solución para el nuevo control presencial de las empresas

La solución para el nuevo control presencial de las empresas

La aplicación del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de Marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, va a traer importantes cambios para la empresa a partir del próximo 12 de Mayo. En concreto, la obligación para las empresas de garantizar el registro diario de la jornada de cada empleado. En definitiva, se obliga a tener un control presencial. En Extra Software, hemos desarrollado la solución Gextor Control Presencial, para ayudar a las empresas a cumplir con la normativa.

5 años a vueltas con el control presencial

Anteriormente, se obligaba a llevar un registro a las empresas cara a computar tanto los contratos a tiempo parcial, como las horas extraordinarias. El registro se fundamentaba porque si no sería imposible saber si la empresa cumplía o no con la normativa vigente en cuanto a ambos fenómenos (el tiempo parcial, y las horas extraordinarias).

El control presencial tiene ya una historia de varios años. En 2015 varias sentencias de la Audiencia Nacional establecían que la obligación de registro de jornada era en todos los casos, con independencia de la realización de horas extraordinarias. En 2017, el Tribunal Supremo anuló el criterio de dichas sentencias estableciendo que la necesidad de registro solo afectaba a a jornada parcial o a las horas extraordinarias. No ha sido hasta este año con el Real Decreto-ley citado, que la obligación de registro (y por tanto el control presencial) vuelve.

La nueva normativa del control presencial

La reforma del Real Decreto-ley modifica el Estatuto de los trabajadores, e implica lo siguientes cambios:

  • Todas las empresas han de registrar “día a día” la jornada realizada por su plantilla, haciendo constar el horario de entrada y salida de cada trabajador/a (artículo 34.9 y 35.5 del E.T.).
  • Además, las empresas deberán guardar estos registros durante 4 años, a disposición del trabajador, su Representación Legal y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • Calendarios laborales y cuadrantes con horarios no se considerarán registros de jornada a efectos de cumplir con los artículos afectados del Estatuto de los Trabajadores. La ley no establece el sistema de registro. El tipo de sistema dependerá de la libre elección de la empresa, siempre que garantice la fiabilidad e invariabilidad de los datos y refleje, como mínimo, cada día de prestación de servicios, la hora de inicio y la hora de finalización de jornada.

La normativa del Real Decreto-ley tiene plena aplicación dos meses después de su publicación en el BOE, es decir, a partir del 12 de Mayo de 2019.

Infracciones por falta de control presencial

Se considerará una infracción no tener un registro de jornada laboral. Y las sanciones más graves relacionadas con el registro de la jornada laboral pueden llegar hasta a 187.515€ (enmascarar las horas extras o no pagarlas) y las graves hasta 6.250€ (según el artículo 7 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social).

La infracción grave supone, en concreto “la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de (…) registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo a que se refieren los artículos 12,23 y 34 a 38 del Estatuto de los Trabajadores”.

Pero además, la Instrucción 3/2016 de Dirección General de la ITSS (la Inspección Técnica y de Seguridad social), sobre intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y horas extraordinarias, ya establecía una serie de incumplimientos. Dichos incumplimiento se multiplican en caso de no existir un Registro y/o declaración de horas extraordinarias.

La solución de Gextor para el control presencial

Extra Software presenta un sistema en la nube, que podrá usar desde cualquier dispositivo, que permite a cada empleado fichar desde donde la empresa establezca, con mayor o menor flexibilidad por cada uno de los empleados.

Gextor Control Presencial no obliga a que la empresa tenga un dispositivo de fichaje. Pero, si esta lo tiene, la información se enviará de forma automática desde el dispositivo de fichaje a Gextor Control Presencial.

Los responsables definirán la información general, calendarios, horarios, etc., y podrán visualizar los fichajes de cada empleado. Además, cada empleado tendrá acceso a su propia información si así lo desea.

Si estás interesado en Gextor Control Presencial, contacta con nosotros a continuación:

¡SI TE GUSTÓ, COMPÁRTELO!