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RENTA 2016: Adiós PADRE, hola Renta WEB

RENTA 2016: Adiós PADRE, hola Renta WEB

El 5 de Abril arrancó la campaña de la Renta 2016; y en este post te contamos los principales cambios de este año para que la puedas presentar con tranquilidad.

La novedad más significativa de cara a la campaña de la Renta 2016 es que desaparece el programa PADRE. A partir de 2017, ya solo se podrá hacer la declaración de la Renta a través de Renta Web. Este es un servicio que ya se testó en la campaña de la Renta 2015 y con el que Hacienda debió de quedar satisfecha, puesto que jubila definitivamente al programa PADRE. El año pasado ya solo se utilizó PADRE para determinadas declaraciones. En concreto, si el contribuyente tenía rendimientos por actividades económicas, tenía que seguir con él. Pero este año, todos los declarantes deben utilizar RENTA WEB.

NoPadre

Ventajas de Renta WEB en la campaña Renta 2016

  • No hace falta realizar ninguna instalación, ni pelearse con el Java.
  • Mayor accesibilidad, ya que permite el acceso desde móviles y tablets. De hecho, se puede iniciar la declaración en un dispositivo y terminarla en otro distinto.
  • Evitas descargar el programa PADRE en tu equipo.

A continuación, te explicamos el itinerario de presentación de una declaración con RENTA WEB desde la página Renta 16 de la Agencia tributaria a la que puedes acceder aquí.

Tramitación Renta 2016

En primer lugar, el sistema nos permite acceder a Renta WEB con Certificado, con cl@ve PIN (sistema Cl@ve) o con Referencia:

  • Con Certificado: Es necesario tener un certificado o DNI electrónico. Al elegir esta opción debemos seleccionar el certificado adecuado.
  • Con cl@ve PIN: Es necesario registrarse en el sistema cl@ve, tal y como explica este enlace de la misma AEAT. En caso de no disponer de cl@ve en ese momento, se solicita una nueva, que será válida durante 10 minutos.
  • Con Número de Referencia: El número de Referencia (compuesto por 6 dígitos) se obtiene mediante envío por SMS, facilitando al sistema el NIF y el importe de la casilla 440 de la declaración del año anterior. Hay otras formas de obtenerlo mediante el sistema RENØ.

Paso a paso por Renta WEB en la Renta 2016

Una vez que hemos accedido, con el sistema que sea, a los Servicios Renta 2016, podemos ver, entre otros servicios disponibles, Borrador/Declaración (Renta WEB). Ya el sistema nos advierte que si tenemos cónyuge necesitaremos su número de referencia para hacer simulaciones de declaraciones conjuntas. En efecto, una de las novedades interesantes de Renta 2016 es la posibilidad de comparar la declaración según hagamos la declaración conjunta o individualmente.

A continuación, el programa nos permitirá elegir el Idioma en que presentamos la declaración, así como confirmar nuestros datos personales. En caso de que el contribuyente no esté casado, aparecerán únicamente datos de descendientes y/o personas dependientes.

Renta2016 soltero

Si estás casado o casada, aparecerán los datos del cónyuge, aunque puedes elegir que el programa solo calcule la declaración individual. En caso de que quieras ver la opción de declaración conjunta, habrá que validar la autorización del cónyuge mediante el apartado “Referencia”, y te permitirá hacer simulaciones de declaración individual o conjunta:

validar

Una vez validada la autorización (o no, en caso de contribuyente soltero), pasaremos a la opción de Traslado de datos fiscales adicionales. Este tipo de datos son, por ejemplo, las distintas deducciones o los rendimientos por actividades económicas. Una vez incorporada la información adicional, si es el caso, el sistema muestra un resumen de resultados. Desde ahí puedes comprobar el resultado de la declaración según sea individual o conjunta (en caso de estar casado/a).

De hecho, Renta 2016 mediante Renta WEB permite también descargar un PDF en el que se visualiza la vista previa de la declaración, por separado o conjuntamente.

VistaPrevia

A partir de ahí, podemos también guardar la declaración (recomendable) o repasar la información ya validada (Datos Personales y Datos trasladados):

DatosPersonales_DatosTrasladados

  • En el apartado “Datos Personales” veremos la información de las primeras ventanas que se nos han mostrado.
  • En el apartado “Ver datos trasladados”, los datos incorporados a la declaración, los no incorporados y las notas de incorporación.

Por último, los botones de Vídeo y Ayuda nos darán acceso a vídeos explicativos o información sobre la declaración.

VideoAyuda

Si todo está correcto, pulsaremos el botón “Continuar con la declaración”.

ContinuarDeclaracion

En la ventana siguiente, si seleccionamos la opción “Adeudo en cuenta” y el código IBAN de la Cuenta Bancaria para el Ingreso o Devolución no es correcto, se puede modificar ese dato antes de presentarla.

Finalmente, presentaremos la declaración:

PresentarDeclaracion

Renta WEB nos permitirá descargar un documento en PDF que acredita la presentación… ¡Y ya está! Nuestra declaración de la Renta 2016 está lista y presentada.

Ya solo queda que la Agencia Tributaria realice el cobro o el ingreso, según nos haya salido a pagar o a devolver… ¡Y hasta el año que viene! Eso sí, en próximas publicaciones te contaremos qué puedes hacer para que sea lo más ventajosa posible, y que te beneficies de las deducciones y bonificaciones a que tengas derecho.

De momento, te dejamos información sobre las fechas clave de esta campaña y los teléfonos de la Agencia Tributaria a los que puedes recurrir:

Fechas clave de la campaña de la Renta 2016

5 de Abril: Inicio de la Campaña Renta 2016.
4 de Mayo: Inicio del periodo para concertar Cita Previa.
11 de Mayo: Inicio de la confección de declaraciones en oficina.
26 de Junio: Fin de declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria del primer plazo.
29 de Junio: Fin del Servicio de Cita Previa.
30 de Junio: Fin del Plazo de presentación de Declaraciones.

 

TELÉFONOS DE LA AGENCIA TRIBUTARIA:

INFORMACIÓN TRIBUTARIA BÁSICA
Horario: De lunes a viernes de 9 a 19 horas (hasta las 15 horas en Agosto).
901 33 55 33 (y también 91 554 87 70)
CITA PREVIA GENERAL
Horario: De lunes a viernes de 9 a 19 horas.
901 200 351 (y también 91 290 13 40)
CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA
Horario: De lunes a viernes de 9 a 19 horas (hasta las 21 horas entre Abril y Junio y hasta las 15 horas en Agosto)
Renta Asistencia y otros servicios:
901 200 345 (y también 91 535 68 13)
Pago telefónico y otros servicios:
901 200 350
SERVICIOS AUTOMÁTICOS (Obtención del número de Referencia con NIF casilla 440 de la Renta 2015 y número de teléfono móvil.)
Horario: De lunes a domingo, 24 horas al día.
901 12 12 24 (y también 91 535 73 26).

Fuente: Agencia Tributaria

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5 Herramientas para vender online

5 Herramientas para vender online

Hoy día la gestión de las ventas de los artículos de una empresa es cada vez más por Internet. Sin embargo, la mayoría de nuestros clientes aún no conocen nuestras herramientas online. Hoy vamos a hacer un repaso a las utilidades que ponemos a tu disposición para ayudarte a vender online.

GEXTOR WEB TIENDA

Es la mejor herramienta para lograr el doble objetivo de estar presente en Internet y ofrecer un canal de venta que te permita vender online a tus clientes. Gextor Web tienda se creó para adaptar con flexibilidad una página web a tus necesidades.

Con ella lograrás que conozcan tus productos al detalle y agilizar el proceso de venta. Está perfectamente integrado con tu ERP y su estructura de catalogación te permite distribuir tus artículos en secciones y familias. La gestión de pedidos nunca fue tan sencilla.

Gextor Web Tienda está pensado para aquellas empresas que quieran organizar y consolidar la venta y distribución de sus productos vía web.

GEXTORWebTiendaPlano

GEXTOR SHOP

Una solución fiable online pero al mismo tiempo de fácil implantación. Gextor Web Shop aúna la integración de un ERP sólido y de amplias capacidades con una herramienta web de código abierto de fácil manejo como Prestashop. Si quieres captar clientes en Internet y vender online, GextorShop es el módulo que necesitas.

Permite también trabajar con secciones y familias de modo opcional y muestra los artículos en una tienda online que podrás actualizar con facilidad.

Gextor Shop está pensado para empresas que quieran distribuir sus productos en la red y ampliar su público potencial.

GEXTORShopPlano

GEXTOR SEO

No todo es vender directamente. De nada sirve tener una tienda online si no conseguimos que tenga visibilidad en los buscadores. GEXTOR Web Seo se integra con Gextor Shop y hace todo lo necesario para el posicionamiento de tu tienda y vender online.

SEO (Search Engine Optimization) quiere decir Optimización en motores de búsqueda (como Google o Bing). La finalidad de este módulo es que todas las referencias y descripciones de tus artículos se posicionen rápidamente en Internet para que puedas ser encontrado con la mayor facilidad.

Gextor SEO está pensado para empresas que quieran llegar a las primeras posiciones en búsquedas.

GEXTORSEOPlano

GEXTOR WEB RED COMERCIAL

¿Qué comercial no se ha encontrado con la situación de tener un pedido listo y tener que desplazarse para generar el pedido? Gextor Web Red Comercial te permite aprovechar la red para conectarte a tu ERP y obtener toda la información que necesitas para poder gestionar un pedido.

Cada comercial podrá extraer la información relevante para hacer un seguimiento y control exhaustivo de cada uno de sus clientes.

logo-gextor-mobile-articulos-liso

GEXTOR PEDIDOS MOBILE

Los móviles están ya aquí como herramientas de compra, pero también son útiles como herramientas de venta. Con Gextor Pedidos Mobile, podrás localizar tus artículos en tu stock por referencias o código de barras y gestionar documentos de venta con la máxima facilidad.

Está perfectamente integrado con tu ERP y aprovecha la rapidez de la red para poder gestionar tus pedidos con la máxima rapidez.

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Gextor Web Red Comecial y Gextor Pedidos Mobile está pensados para aquellas empresas que quieran facilitar el trabajo a sus comerciales con aplicativos online.

Esperamos que alguna de estas herramientas sirva a tus fines. ¡NUESTRO OBJETIVO ES QUE TU CUMPLAS EL TUYO!

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Geolocaliza tu negocio con Google My Business

Geolocaliza tu negocio con Google My Business

Es una palabra de moda hoy día: Geolocalizarnos es referenciar dónde nos encontramos físicamente mediante un dispositivo electrónico a través de una o varias aplicaciones Web usando la tecnología GPS .La geolocalización funciona tanto para empresas como para usuarios. Es decir, un usuario puede facilitar su posición cada momento a una aplicación y buscar información asociada a ese lugar. Así mismo, una empresa puede indicar su ubicación física de modo que el usuario pueda localizarla más fácilmente. Geolocaliza tu negocio y obtendrás importantes ventajas.

Hoy nos centramos sobre todo en Google My Business. Un aspecto muy importante de la geolocalización es posicionarse como empresa. Abrirse una cuenta en Google My Business, permite dar visibilidad a tu negocio en internet.

Te explicamos cómo hacerlo:

Paso a paso por Google My Business

  1. Inicia una sesión con tu usuario de google , abre Google My Business y accede a “Aparece en Google”.

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2. En “Configuración” selecciona la opción “Crear una página”.

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3. Selecciona la opción que más se ajuste a tu tipo de empresa:

geolocalizacion_3 4. Introduce la dirección donde se encuentra tu negocio. Si google no la reconoce, hay que seleccionar “Quiero introducir la información completa de la empresa”

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5. Aparecerá una pantalla donde hay que indicar el nombre de la empresa, la dirección, el teléfono y la categoría de la empresa:

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6. Una vez tiene esos datos, Google emitirá un mensaje en el que indica que va a enviar a la dirección indicada una carta que incluye un código en una o dos semanas.

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Este código se debe introducir en la página para verificar la autenticidad y finalizar el proceso de alta. También se puede realizar esta verificación por teléfono. Y ya está, nuestro negocio ya estará en Google!

Ventajas de geolocalizar tu negocio

  • Cuando alguien busque tu negocio en google, aparecerá a la derecha de la pantalla la ficha de tu negocio con el marcador de geolocalización en la zona central.

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  • En el mapa de Google aparecerá tu negocio localizado indicando claramente cómo llegar a él.

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  • En Google + aparecerá el negocio en forma de Página local.

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  • Con los GPS modernos ya puede utilizar el nombre de tu empresa como destino, y les conducirá directamente a la dirección física de la misma.
  • Un usuario con cuenta de google (gmail, por ejemplo) puede escribir reseñas positivas sobre tu negocio:

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Si tienes dudas respecto a cómo ayudar a tu empresa a posicionarse en las búsquedas en internet no dudes en contactar con nosotros.

 

 

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¿Qué pasará con el IVA en 2017?

¿Qué pasará con el IVA en 2017?

Tras las subidas sucesivas de los años 2009 y 2012, uno de los temores de empresarios y autónomos era que el IVA volviera a subir. Sin embargo, a estas alturas del año no parece esperable una nueva subida del IVA en 2017, lo que es de agradecer. La Comisión Europea sí lleva tiempo presionando para que se cambie el tipo de tributación de determinados artículos.

CAMBIOS EN LOS TIPOS DE IVA EN 2017

Un ejemplo muy claro fue el IVA de las monturas de las gafas. Hasta 2014, la montura se consideraba un todo conjuntamente con el cristal y tributaba a un tipo del 10%. Desde Enero de 2015, la lente sigue tributando al 10%, pero la montura para gafa graduada se grava con el 21%. Las ópticas habían seguido pagando a sus proveedores un 10% al entender que no había desarrollo reglamentario. Sin embargo, desde el 26 de Diciembre de 2016, Hacienda ha exige a las ópticas la diferencia de ese IVA de las monturas (un 11%), retroactivamente desde 2015. Se calcula que esta diferencia supondrá entre 100 y 200 millones de euros.

Es posible que se den otros cambios similares en ciertos artículos en el curso de este año, pero aún es pronto para decirlo.

EL SII: NUEVO SISTEMA PARA GESTIONAR EL IVA EN 2017

Sin embargo, la verdadera medida estrella del IVA para este año será el sistema de Suministro Inmediato de Información (SII). Este sistema será obligatorio desde el 1 de Julio para las Grandes empresas, las inscritas en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA) y los Grupo de IVA. Ya hemos dedicado varias publicaciones a este sistema de transmisión de la información de la IVA a la AEAT, así que te remitimos a las preguntas frecuentes y la publicación sobre Gextor SII.

LOS APLAZAMIENTOS DEL IVA EN 2017

Por último, otra medida polémica fue a finales del año pasado la suspensión de los aplazamientos y fraccionamientos de deudas,. Esta medida fue regulada por el Real Decreto-Ley 3, de 2 de Diciembre de 2016. Afectaba a los pagos de impuestos repercutidos que previamente se hubieran cobrado.

Sin embargo, en el caso de aplazamientos de deudas por importes menores a 30.000 euros, hay una excepción. Tras cierta negociación por parte de la ATA (Federación de Asociaciones de Trabajadores Autónomos), se acordó que los autónomos podrían seguir aplazando en 2017 las deudas contraídas con Hacienda por esos importes.

En este caso, Hacienda entenderá por defecto que las solicitudes de aplazamiento corresponden a IVA no cobrado. Será una presunción y el autónomo no deberá justificarlo.

En el caso de las PYMES, la Agencia Tributaria aclaró también mediante una instrucción que podrán aplazar también este tipo de deudas. En el caso de los autónomos, se concederá el aplazamiento por un plazo de 12 meses. Y, para las PYMES, el período será de seis meses.

En el caso de deudas superiores a 30.000 euros, sí se deberá justificar, si se aplaza, que corresponde a IVA no cobrado. Según el REAF (Registro de Economistas Asesores Fiscales), habrá que remitir la relación de facturas no cobradas, justificándolo documentalmente. Además, se necesitará un aval y habrá un plazo máximo de 36 mensualidades en estos casos.

De momento, estas han sido las medidas referentes al IVA en 2017 más sonadas en este primer trimestre. En meses sucesivos, te mantendremos al tanto de las próximas novedades en este y otros importantes impuestos.

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Cómo se aplicará el SII en Gextor

Cómo se aplicará el SII en Gextor

Ya te contamos en qué consiste el SII y cómo se aplicará el Suministro de Información Inmediata para las empresas obligadas. Hoy queremos contarte cómo se aplicará el SII en Gextor.

Cómo se aplicará el SII

Fundamentalmente tenemos dos plazos para las actualizaciones de este año:

  • Solo durante este año, el plazo para remitir el detalle de los registros de facturación de las facturas emitidas y recibidas serán en ambos casos 8 días naturales (excluyendo fines de semana y festivos). Ya sabemos que a partir del 2018 los plazos serán 4 días naturales (excluyendo fines de semana y festivos), salvo las expedidas por terceros.
  • Además, los contribuyentes obligados al SII tendrán de Julio a Diciembre para presentar las facturas del primer semestre de 2017.

Logo_SII

Cómo se aplicará el SII en Gextor

Durante el mes de Marzo se lanzará una actualización de Gextor que permitirá incluir determinados campos en las facturas que actualmente no están contemplados. Por ejemplo, habrá campos como el tipo de documento de identificación o la descripción de la operación o –solo en emitidas- la situación del inmueble.

Los datos de Enero a Junio no requerirán como obligatorios todos los campos nuevos implementados. En su momento se indicará cuáles serán los campos obligatorios para las facturas de ese primer semestre. Una vez la Agencia Tributaria vaya actualizando dicha información, se irá informando.

Los usuarios de empresas incluidas en el SII deberán completar la información de los campos obligatorios que la Agencia Tributaria establezca en Gextor, que serán visibles para todos aquellos que activen el sistema SII en la aplicación.

Además, Gextor dispondrá de una utilidad que permitirá actualizar dichos campos de manera más ágil, proponiendo valores para cada uno de ellos.

Gextor_Contabilidad

¿Cómo se aplicará el SII en Gextor? El sistema SII estará incluido de dos maneras diferenciadas:

  • En la versión incluida en Gextor por defecto, se dará la opción de incluir los nuevos campos en las facturas que requiere la AEAT. La aplicación sacará un informe con los datos exactamente que se necesitan rellenar MANUALMENTE en el formulario web que ofrece la AEAT
  • En el módulo ADICIONAL Gextor SII, se implementará un sistema través de servicios web, que remitirá los datos de las facturas a la AEAT automáticamente.

Además, se dará la opción de una implementación personalizada, para aquellos clientes que lo soliciten.

Respecto a las fases de la implementación:

  • Entre el 1 y el 31 de Mayo se implementará una fase Beta del módulo SII en Gextor con un número limitado de clientes (betatesters). *
  • Durante el mes de Junio comenzará la implementación del módulo SII en aquellos clientes que lo soliciten, con vistas a su disponibilidad en fase de producción a partir del 1 de Julio.

El módulo Gextor SII permitirá intercambiar la información de las facturas con la AEAT de manera automatizada, incorporando la posibilidad de una validación previa por parte del usuario, cumpliendo ampliamente con la normativa vigente y las indicaciones de la sede electrónica de la AEAT al respecto.

La siguiente infografía explica cómo se aplicará el SII en Gextor mediante la opción de SERVICIOS WEB:

 

* PROGRAMA BETATESTERS

En caso de que esté interesado en el programa de betatesters, mándenos un correo a comercial@extrasoft.es con asunto BESTATESTERS SII, dejándonos sus datos de contacto en el cuerpo del mensaje. Las solicitudes serán atendidas por orden de recepción, siempre y cuando se cumplan las condiciones técnicas necesarias para ser incluido en este programa.

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Alerta virus: Nuevo ataque del Cryptolocker

Alerta virus: Nuevo ataque del Cryptolocker

Recientemente se ha producido un ataque de este peligroso virus que tiene su origen en 2013. El primer síntoma para detectar este nuevo ataque del virus Cryptolocker es que una o varias aplicaciones no funcionan con normalidad. A partir de ahí localizamos muchos ficheros con extensiones diferentes a las de archivos normales, más bien son combinaciones de letras aleatorias.

El nuevo ataque del virus Cryptolocker afecta al ordenador y potencialmente a la red, cifra los archivos de tal modo que quedan inutilizables. El hacker remite a una página con instrucciones en la que se ofrece a desencriptar los archivos a cambio de un rescate.

La transmisión del virus es muy frecuentemente por correo electrónico, aunque también puede ser a través de redes sociales u ordenadores infectados. Los últimos días se está transmitiendo a través de un falso e-mail remitiendo una supuesta factura. En ese correo va un troyano que se descarga al clicar en el enlace de la supuesta factura.

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MUESTRA DEL CORREO DE CRYPTOLOCKER

PREVENCIÓN

Te recordamos que Extra Software puede ofrecerte un servicio de mantenimiento de tus sistemas informáticos adaptados a las necesidades de tu empresa. Si estás interesado en este servicio ponte en contacto con nosotros y adaptaremos nuestro servicio de sistemas mediante un estudio detallado de la situación actual.

En este caso, te recomendamos las siguientes medidas antes este nuevo ataque del virus cryptolocker:

1- NO ABRIR MAILS SOSPECHOSOS, ELIMINARLOS NADA MÁS LLEGAR. En el pasado se producía en correos de compañías de mensajería y ahora los remitentes suplantan a compañías de servicios.

2- MANTENER ANTIVIRUS ACTUALIZADO. Próximamente los antivirus desarrollarán herramientas para librarse del cryptolocker, pero hay que decir que esta variedad aún no está en listados de virus.

3- ACTIVAR EL FIREWALL de Windows.

4- REALIZAR COPIAS DE SEGURIDAD. Recomendamos tener un backup en la nube o en un dispositivo externo (que no debe estar en red, o también será afectado).

ANTE LA INFECCIÓN

El hacker pide un rescate mediante una pantalla en que indica que los archivos han sido cifrados y que solo proporcionará la clave para desencriptarlos mediante el pago de un rescate:

cryptolocker

CÓMO ACTUAR ANTE EL NUEVO ATAQUE DEL VIRUS CRYPTOLOCKER:

  • NO PAGUES EL RESCATE, fomentas la actividad fraudulenta y la recuperación de los archivos no está garantizada.
  • DESCONECTA EL ORDENADOR DE LA RED (para que no afecte a más equipos) y APAGA TODOS LOS EQUIPOS AFECTADOS.
  • PONTE EN CONTACTO CON TU SERVICIO INFORMÁTICO o TU ADMINISTRADOR DE RED para que procedan a restaurar el sistema, reinstalar las aplicaciones y recuperar las copias de seguridad.

Y te recordamos de nuevo que en Extra Software podemos mantener tus sistemas informáticos de acuerdo a las necesidades de tu empresa. Contacta con nosotros si deseas información sobre este tipo de servicio, y te mandaremos un presupuesto detallado sin compromiso.

PROTÉGETE CONTRA LOS VIRUS Y MANTÉN TUS ARCHIVOS A SALVO.

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