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¿Qué cambios ha habido en los formatos de Facturación electrónica?

¿Qué cambios ha habido en los formatos de Facturación electrónica?

Hace ya más de 4 años, la directiva 2014/55/EU, sobre la Facturación Electrónica de contratación pública, estableció procedimientos para simplificar y reducir costes en la facturación de proveedores. La constatación de que había varios estándares y distintos sistemas nacionales, regionales e internacionales de facturación electrónica, hizo que el Parlamento Europeo y el Consejo establecieran una política común para todos estos procesos. Como consecuencia de esto, ha surgido la obligatoriedad para muchos países de implantar una norma para la facturación electrónica para facturar a organismos públicos. FacturaE, que entró en vigor en Enero de 2015 en España, es uno de esos sistemas. En 2017 la Unión Europea ha publicado un Informe, con aplicación desde Octubre del año pasado.

Como consecuencia de la directiva, y de ese informe de la Comisión Europea, ha surgido una lista de sintaxis aprobadas para el desarrollo e implementación de la factura electrónica. Se han elegido en función de la utilización práctica y utilidad, la facilidad de uso e implantación y el ahorro de costes de aplicación. En concreto las dos sintaxis elegidas son las siguientes:

  • Mensaje XML del CEFACT/ONU de factura. Aplicable a toda la industria tal como se especifica en los esquemas XML 16B (SCRDM — CII).
  • Mensaje UBL de factura y nota de crédito tal como se definen en la norma ISO/IEC 19845:2015.

Este lenguaje técnico te dirá poco como usuario, pero los motivos de la elección de estas sintaxis están recogidos en el Informe de la Comisión y son:

  • Establecer una sintaxis única y un único modelo de datos semánticos y formatos.
  • Unificar, simplificar y garantizar la interoperabilidad entre distintos sistemas de facturación de origen a destino a nivel internacional.
  • Que la generación, envío, transmisión y recepción se pueda automatizar.
  • Unas directrices que permitan adaptar la norma europea a nivel nacional.

El CEN (European Committee for Standarization) supervisa todos los procesos nacionales para que estén adaptados a la norma europea. Actualmente las implantaciones a nivel nacional diferencian dos tipos de arquitectura:

  • La que usamos en España está basada en un Hub Central que recibe todas las facturas de los proveedores y los remite a la administración correspondiente. Esto sin perjuicio de que se hayan desarrollado Puntos de Entrada por Administraciones autonómicas o locales.
  • Un sistema de distribución en el que los proveedores envían las facturas electrónicas a las administraciones específicas objeto de cada factura.

Muchos estados de la UE, como por ejemplo España, ya han implementado la facturación electrónica de forma obligatoria. Los sistemas implantados, como FacturaE (en España) o Fatturapa (Italia) seguirán funcionando. Ahora se precisa además que estos sistemas se deben adaptar a este estándar superior que los unifica.

Aunque las sintaxis han sido fijadas en Octubre de 2017, aún no se han traducido en cambios en los sistemas nacionales, pero es previsible que estos se produzcan.

Recordemos que el módulo Gextor FacturaE ha cumplido hasta la fecha con todas las adaptaciones y cambios establecidos. Por supuesto, esta nueva sintaxis no será la excepción y adaptaremos el módulo conforme a los nuevos cambios.

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5 tendencias de Transformación Digital clave en los próximos años

5 tendencias de Transformación Digital clave en los próximos años

La Transformación Digital es imparable. La tecnología ha penetrado distintos áreas de nuestras vidas. Cada vez demandamos más inmediatez, información al instante y atención al cliente personalizada. Hoy te contamos las 5 tendencias de Transformación Digital más importantes:

3net

Los consumidores se convierten en influencers

Aunque antes de hablar de influencer habría que hablar de prosumidor. Esta definición es un cruce entre productor de contenido y consumidor. El centro de la comunicación ha basculado, y ya no está en el proveedor como emisor del mensaje. Ahora la comunicación es un diálogo en el que existen varias voces. Los consumidores se organizan en foros, blogs y páginas de recomendaciones para evaluar la calidad al producto. Un influencer es un actor que, por definición, tiene peso en la comunidad. Potencialmente, sin embargo, los prosumidores que hacen comentarios positivos, y documentados, sobre una marca o producto, pasan a ser influencers. O como gusta decir a los “marketers”: embajadores de la marca.

3net

Aplicaciones tecnológicas de la Inteligencia Artificial.

El uso de chatbots será determinante entre 2018 y 2020. Cada vez más, seremos atendidos estos agentes virtuales manejados por un robot, que atenderán en las webs o las empresas nuestras peticiones. Ya ha quedado demostrado que Watson, de IBM, puede desarrollar perfectamente el rol de un personal shopper, incluso de productos de moda. El crecimiento y desarrollo de los robots en todos los ámbitos ha impulsado la creación de Partnership AI. IBM, Facebook, Microsoft, Amazon Google, Apple y Deepmind se han unido en esta Asociación para la Inteligencia Artificial. Prevén un impacto tan grande de la IA, que buscan con esta iniciativa dirigirla y encauzar su crecimiento. El objetivo es minimizar los errores en el desarrollo de la misma y que la Inteligencia Artificial tenga lo mejor de la inteligencia humana, pero evitando sus errores y sesgos.

3net

Facturación Electrónica con la Administración.

La normativa europea obligará al uso de la Facturación Electrónica para las empresas proveedoras de las Administraciones públicas. Será a partir del 27 de Noviembre de 2018. La norma que lo implantará será la Directiva 2014/55/UE. En España es obligatoria la facturación electrónica a proveedores de la Administración desde el 15/01/2015. Sin embargo, la normativa europea afectará muy probablemente a las prácticas actuales.

4net

El Big Data como fuente de información.

El Big Data está presente ya en campos tan diversos como las campañas políticas, el análisis del comportamiento del consumidor o incluso el sector sanitario. El Big Data es una revolución en el análisis del comportamiento del usuario o consumidor, y permite predecir pautas de comportamiento y consumo. Cada vez más las empresas lo incorporarán en su día a día.

5net

Servicios en la nube.

Datos, servicios o software en la nube. Se evitan latencias y retrasos en comunicaciones, minimizando el lag o saturación de las redes, sobre todo las intercontinentales. El Cloud Computing supone ya un verdadero cambio para las empresas, dado que el ahorro de costes, la flexibilidad que permite y –aunque parezca paradójico- la seguridad, lo hacen mucho más competitivo que los desarrollos sobre hardware.

Estas 5 tendencias de Transformación Digital (prosumidores como Influencers, Inteligencia Artificial, Facturación Electrónica, Big Data y Cloud Computing) serán fundamentales, si no lo son ya.

Y todas ellas van a dar mucho que hablar en el desarrollo tecnológico de los próximos años.

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Proteger tus datos con el RGPD (Reglamento de Protección de Datos)

Proteger tus datos con el RGPD (Reglamento de Protección de Datos)

Que los datos son valiosos es algo que todos sabemos. Lo que no sabe todo el mundo es que cedemos nuestros datos con demasiada facilidad al entrar en buscadores, redes sociales o simplemente con el móvil activado. Y que tienes unos derechos, por el hecho de ser ciudadano de la UE, para proteger tus datos, que serán regulados en detalle a partir de 2018, es algo que saben muy pocos. Te lo contamos:

El 25/06/2016 fue aprobado un Reglamento General de Protección de Datos, (RGPD), pero aún queda tiempo para su implantación efectiva. Esta será en Mayo de 2018. Esta demora se debe a que hay que dar tiempo a los distintos estados para desarrollar una normativa propia para desarrollar el reglamento. En España en concreto, fue encargado el desarrollo normativo a la Comisión Nacional de Codificación, que el 24/06/2017 remitió al Consejo de Ministros la propuesta para su estudio.

A quienes afecta la nueva normativa para proteger tus datos

Afecta sobre todo a responsables o encargados de los tratamientos de datos en la Unión Europea. Sin embargo, también a los que estén radicados fuera, si sus datos afectan a ciudadanos de la UE. Por tanto, el reglamento no es de aplicación territorial, sino que protegerá los datos de las personas de la Unión Europea, aunque las empresas que los traten estén fuera de ella.

Cómo la nueva normativa ayudará a proteger tus datos

El reglamento trata temas tan importantes como el derecho al olvido, el tratamiento de datos de fallecidos, el régimen sancionador o los requisitos para la certificación de protección de datos. Veámoslo en detalle:

  1. Derecho al olvido. Ya figuraba que había derecho a retirar datos cuando son obsoletos, el consentimiento se retira o son obtenidos de forma ilícita. También se añade un derecho de portabilidad, para que los datos pasen de un responsable de tratamiento de datos a otro de manera directa.
  2. La edad mínima de consentimiento de datos pasa a ser los 16 años, si bien según estado se puede rebajar hasta los 13. En España está en los 14 años.
  3. Responsabilidad activa del reglamento: Se trata de arbitrar una serie de recursos para evitar que los datos se propaguen ilícitamente. Entre otros son:
    • La protección de Datos desde su diseño.
    • La protección de determinados datos por defecto.
    • Las medidas de seguridad.
    • El registro del tratamiento de datos.
    • La evaluación del impacto sobre protección de dato.
    • La figura del delegado de protección de datos.
    • La definición de la violación de la seguridad de los datos.
    • La elaboración de códigos de conducta y
    • Los esquemas de certificación.
  4. El consentimiento para tratamiento de datos debe ser libre, informado, específico e inequívoco. Además, debe ser explícito y verificable. Todos estos requisitos hacen que muchos consentimientos tácitos que ahora mismo se dan van a desaparecer. No podrán considerarse efectivos aquellos que se dan por defecto o sin una acción deliberada por parte del usuario.

¿Qué deben hacer las empresas para proteger tus datos?

Lo cierto es que el cambio de normativa no siempre va a implicar un cambio en la práctica de las empresas, si hasta ahora estas eran respetuosas con los datos. Pero sí que va a suponer un mayor compromiso de las organizaciones y un cambio del modelo de gestión. Los avisos de consentimiento deberán ser revisados en base a los criterios establecidos más arriba, y muchas empresas deberán abandonar determinadas prácticas para obtener consentimiento de manera tácita. Habrá una ventanilla única si el tratamiento de datos de la empresa afecta a varios estados. En principio se tendrá que dirigir a una única Autoridad de Protección de Datos. En caso de duda, se elevará la consulta al Comité Europeo de Protección de Datos. Las empresas deberán seguir aplicando las normativas de la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos). Sin embargo, siempre que no se incurra en contradicción con ella, sería bueno que fueran aplicando ya nuevas prácticas para cumplir con la normativa que se aplicará a partir de Mayo de 2018. Aunque todavía quedan unos cuantos meses, te seguiremos informando de las novedades en la aplicación de esta importante regulación para proteger tus datos.

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Cómo proteger tus datos en Internet: el derecho al olvido.

Cómo proteger tus datos en Internet: el derecho al olvido.

La publicación de una información con datos personales en Internet puede hacer mucho daño a una persona. Es el caso, por ejemplo, de una actividad desarrollada en el pasado, incompatible actualmente con su rol profesional (aunque no cuando la desarrolló), o que aparezca en una red social como emparejado a una persona (con la que ya no tiene relación), cuando actualmente está emparejado con otra. Por eso, dado que la información que aparece en los resultados de búsquedas en internet es automática, y no hay ningún sistema que compruebe si la información es actual o contrastada, la legislación vigente ampara el derecho al olvido de las personas.

¿Qué es el derecho al olvido?

El derecho al olvido no es más que la aplicación, en buscadores de Internet, del clásico derecho de rectificación y cancelación de datos, que podemos ejercer frente a empresas u organismos públicos.

En concreto el derecho al olvido es el derecho a limitar la difusión universal e indiscriminada de datos personales en los buscadores generales cuando la información es obsoleta, o ya no tiene relevancia ni interés público.

Evidentemente, si la información es falsa o vulnera el derecho al honor y la intimidad, se estaría atentando contra otros derechos del individuo, y estaría en su derecho de solicitar su retirada también.

Respecto al derecho al olvido, es claro que la fuente (la página web donde está publicada la información), puede haber publicado legítimamente una información en su día. Sin embargo, aún en esos casos, la persona está legitimada para ejercer su derecho al olvido.

Este derecho está regulado en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo

¿Cómo se ejerce el derecho al olvido?

El derecho al olvido se ejerce fundamentalmente ante los propios buscadores, que han habilitado formularios para practicarlo:

Sin embargo, debe quedar claro que la eliminación de resultados de búsqueda no implica que se elimine la información de los sitios web donde se haya publicada. En caso de que el usuario quiera que dicha información se elimine de la fuente donde aparece, deberá dirigirse a dichos sitios web para ejercer su derecho.

En segunda instancia, en caso de que la solicitud al buscador no haya sido eficaz, se puede recurrir a que la AEPD (Agencia Española de Protección de datos), para que tutele el derecho al olvido.

El derecho al olvido puede limitar con el derecho a la información de la sociedad. Por eso, las solicitudes que afecten a informaciones que son claramente de interés público, o que afecten a figuras públicas, pueden no ser aceptadas para salvaguardar dicho derecho. Esta es la única limitación del derecho al olvido, para todo lo demás las empresas de buscadores deben atender la petición.

¿Y tú? ¿Te has visto alguna vez en la necesidad de ejercer este derecho?

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Qué es la Transformación Digital en las empresas

Qué es la Transformación Digital en las empresas

El ascenso de la Transformación Digital en las empresas es imparable. En Septiembre del año pasado, se presentó en Londres el estudio “Keeping Score, Why Digital Transformation Matters” (“Mantener la puntuación, por qué la Transformación Digital importa”) de CA Technologies en Londres. El estudio muestra que las empresas que incorporan prácticas o innovaciones tecnológicas mejoran en un 39% sus ventas y su toma de decisiones en un 31%.

¿Qué es la Transformación digital?

La Transformación Digital es la reinvención de los procesos internos y externos de la misma mediante la tecnología digital, y afecta tanto a las personas como a todas las áreas de negocio.

El estudio Keeping Score, realizado entre 1770 directivos de 21 países, complementa y amplía el marco del I Estudio de Transformación Digital en España. Este último fue realizado entre 900 directivos de medianas y grandes empresas españolas en 2015 y sus resultados fueron expuestos el año pasado. Más del 50% de los directivos de estas empresas manifestaban en dicho estudio que conceptos como Business Analytics (67%), Big Data (62%) o Movilidad (55%) iban a tener gran influencia en su actividad.

La transformación Digital supone reaccionar ante estos retos y apostar por ellos y por conceptos como el Cloud Computing. Es decir, disponer de sistemas o software alojados en “la nube”, un espacio virtual en Internet. El I Estudio de Transformación Digital en las empresas citado, muestra que el 69% de las empresas tenían proyectos en marcha relacionados con la transformación digital. El 45% de ellas tenían al mismo tiempo web, canales de venta on-line y redes sociales.

De ahí que también las PYMES requieran una actualización al universo digital que avanza inexorablemente. La presencia en Internet, por ejemplo. En enero de 2015 el 77,5% de las empresas con 10 empleados o más con acceso a Internet tenían web propia según el ONTSI. (Ver sección Para saber más de…). Y el porcentaje crece año a año.

Empresas con pág Web Propia

Herramientas para la Transformación Digital

Las PYMES cada vez demandan más el servicio de otras compañías que puedan ayudarles a superar el salto tecnológico. En Extra Software queremos ser tu partner en esta transición, con la división de Gextor online como tu socio tecnológico. Nos hemos esforzado por reinventarnos los últimos años, apostando por el hosting on-line, el diseño y posicionamiento web y los servicios en la nube.

Hemos desarrollado herramientas web para que puedas entrar en el mundo del eCommerce (Gextor Web tienda y Gextor Shop), que te permiten consultar tu contabilidad on-line (Gextor Web Contabilidad) o ayudar a tus comerciales (Gextor Web Red Comercial). También te ayudamos a diseñar los contenidos y a posicionarte en búsquedas.

Considera cuál es tu grado de Transformación Digital… ¡y no te quedes atrás!

Para saber más de…. Qué es la Transformación Digital

INDICADORES DEL OBSERVATORIO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES Y DE LA SI

I ESTUDIO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA EMPRESA ESPAÑOLA

ESTUDIO “KEEPING SCORE: WHY DIGITAL TRANSFORMATION MATTERS”

 

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¿Tienes la cl@ve? El sistema de autenticación de la administración

¿Tienes la cl@ve? El sistema de autenticación de la administración

Según reunión del 19 de Septiembre de 2014, El Consejo de Ministros aprobó la implantación de Cl@ve en las Administraciones públicas. El sistema era de obligatoria implantación el 31/12/2015 en el Sector Público Administrativo Estatal, aunque existió un periodo de transición para el resto de Administraciones.

Cl@ve : ¿Qué es?

Es un sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común que permite al ciudadano relacionarse por Internet con la Administración. Los organismos públicos se integran en dicho sistema, usando claves concertadas previo registro único en el sistema.

Existen dos tipos de identificación, una clave temporal (Cl@ve PIN) y una clave permanente (Cl@ve Personal). La primera es para usuarios que tienen que acceder al sistema por tiempo limitado (similar al PIN24H que ya existía para la Agencia Tributaria). La segunda permite un acceso permanente para los usuarios habituales y está integrado con sistemas de firma en la nube.

El sistema, integra y centraliza sistemas de identificación y autenticación con las prestaciones de Servicios de la Administración.

El usuario sólo tiene que registrarse, y para esto puede hacerlo con Certificado Digital o sin Certificado Digital (mediante el envío de una carta de invitación). También puede hacerlo presencialmente en una Oficina de Registro.

¿Para qué sirve Cl@ve?

Hay muchas utilidades dentro de la administración pública. Por ejemplo, podrás hacer uso de los servicios de la Agencia Tributaria y presentar tus impuestos, solicitar trámites de la DGT (multas, consulta de puntos,…), de la Seguridad social, …

cl@ve administraciones

Para saber si lo puedes usar, todos los sistemas electrónicos de la Administración pública que lo tengan tendrán un botón o ventana similares a estos:

ventana y botón cl@ve

Esta ventana permite el paso al sistema cl@ve para autentificarse. Una vez ahí, te dará varias opciones (cl@ve PIN, cl@ve personal o el sistema de identificación por DNI-E). Dependiendo de la administración o el trámite que estés realizando, te puede pedir una segunda validación por SMS después de la primera. Esto no debe extrañarte dado que algunos trámites o consultas requieren una modalidad “reforzada” de autenticación.

Para utilizar este sistema o bien obtener más información puedes consultar este enlace oficial de cl@ve.

Y te recordamos que los modelos generados desde el módulo Impuestos de Gextor Contabilidad puedes se pueden presentar Agencia Tributaria con este u otro sistema de autenticación.

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