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Hoy queremos contarte cómo han funcionado tributariamente las facturas de importación y cuál es la manera correcta de contabilizar el IVA de importación en el SII, cuando estás incluido dentro de este sistema.

LA OPCIÓN DE DIFERIR EL IVA DE IMPORTACIÓN

Hasta El año 2015, el IVA de aduanas había de pagarse por el Importador, asumiendo el coste financiero, por el tiempo que transcurre desde que se despachan en la aduana las mercancías importadas hasta que presentan la autoliquidación periódica del Impuesto. Desde 2015, se podía diferir la aplicación del Impuesto para determinadas empresas.

  1. Grandes empresas
  2. Empresas incluidas en el Registro de Devolución Mensual
  3. Grupos de empresas

Es decir, las empresas diferían el devengo del impuesto hasta la declaración mensual. Como en ese momento era posible que les correspondiera deducirlo, implicaba de hecho no tener que asumir este gasto. Las empresas afectadas han podido beneficiarse de esto durante cerca de dos años.

El resto de empresas, fundamentalmente las que tenían el IVA trimestral, no podían hacerlo. Sin embargo, estos tres grupos son precisamente los que están incluidos en el SII, con lo que ahora tienen que someterse a esta nueva normativa.

EL IVA DE IMPORTACIÓN EN EL SII

Con el SII, la presentación de las facturas de importación –como todas las demás- ha variado. A continuación te explicamos cómo funciona la contabilización y remisión de las facturas de importación mediante el SII; y cómo hacerlo mediante Gextor Contabilidad.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que cuando se contabiliza una importación hay tres registros que hay que hacer:

  1. La factura del proveedor extranjero (no obligatoria para el SII).
  2. La factura de importación en aduanas.
  3. La factura del Agente de aduanas.

Vamos a explicar paso por paso cómo se registran:

1. Registro de la factura del proveedor extranjero.

Se considera una factura exenta y de importaciones. Por tanto al ser exenta no debe declararse.

No obstante, en caso de que se quiera remitir igualmente al SII (aunque no es obligatorio), antes de remitir la factura de aduanas, se registra como una factura exenta. Para ello, al introducir la factura hay que contestar que sí a esta pregunta (si contestamos que no, solo hará el asiento y no llevará nada al IVA).

Si contestamos que sí, a continuación introduciremos la factura de este modo:

westinghouse

Desde los datos del SII, hay que añadirle como clave de operación de la Factura, la 6 (Otros justificantes contables y documentos justificativos…) con la clave de régimen 13 (Factura correspondiente a una importación- informada sin asociar DUA)

iva_importacion_2

2. Registro de la factura de importación en aduanas.

Es la factura que nos dan en la aduana cuando retiramos la mercancía.

Es importante que esta factura no debe emitirse al proveedor extranjero, sino más bien que es la empresa que realiza la importación la que debe darse de alta como proveedor, para que se le emita la factura. En este caso hemos dado de alta Extra Software como proveedor (ver captura).

Debe figurar también como operación del tipo Importación. Como “Base imponible” se indica el valor en aduana de la mercancía, más los gravámenes devengados fuera del territorio de aplicación, más los gravámenes a la importación. Sobre esto se aplica el porcentaje correspondiente y nos da una “Cuota tributaria”. También reflejaremos aquí las tasas exentas, si las hubiera.

factura_importacion

Este tipo de factura lleva la clave de operación F5 (Importaciones DUA) y como Clave de Régimen la 01 (Operación de Régimen Común). Recordemos que en Gextor esto se refleja en el apartado de Datos auxiliares.

iva_importacion_4

También es fundamental registrar el número de referencia, la fecha de admisión y la cuenta del proveedor.

Captura Datos DUA

3. Registro de la factura del Agente de aduanas

Los gastos que nos pase la persona o empresa que se ha encargado de hacer esta gestión en la aduana (al que denominamos Agente de Aduanas) se contabilizan como una factura normal de IVA soportado.

iva_importacion_6

Una vez registradas estas tres facturas (recordemos que la primera es opcional para el IVA), habremos finalizado el registro de la operación de la importación cara al SII, y solo nos quedará enviarla con el módulo Gextor SII (o el sistema que tengamos).

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