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Desde el 1 de Enero de 2020, está vigente la normativa de suministro de movimientos de los productos objeto de impuestos especiales. En concreto, los relacionados con la fabricación de alcohol, tabacos e hidrocarburos. Se había concedido cierta moratoria el primer semestre del año, y estaba prevista su plena entrada en vigor para el 1 de julio. Sin embargo, ahora se ha visto modificada de nuevo al 1 DE OCTUBRE,por un proyecto de orden ministerial. En cualquier caso, las empresas que se dedican a estos sectores deben estar preparadas. Termina el periodo de gracia concedido y la AEAT va a empezar a exigirlo. En Extra Software, hemos desarrollado el programa SILICIE para cumplir con esta normativa.

Finaliza la prórroga para tener un programa SILICIE

Las empresas respiraron con alivio a principios de año. A pesar de la obligatoriedad del sistema SILICIE desde el 1 de enero, se concedió un periodo de transición para su puesta en marcha. En concreto, una prórroga para que las empresas que hayan optado por sistemas informáticos de registro realizaran el suministro de los asientos del primer semestre entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2020.

Actualmente, un nuevo proyecto de orden ministerial establece una nueva prórroga. Esta permite a las empresas que opten por un sistema informático presentar los registros de enero a septiembre entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de este año. La fecha de implantación obligatoria sería por tanto el 1 de OCTUBRE de 2020, sin perjuicio de que los movimientos anteriores a ese mes se puedan presentar desde el 1 de junio.

En cualquier caso, está claro que el tiempo para tener una solución informática para cumplir con SILICIE se va agotando.

Sistemas de presentación y plazos

La AEAT permite tres sistemas de presentación: mediante Servicios Web, Formulario Web e Importación de ficheros. Cualquiera de los tres sistemas es válido. Pero si no se está familiarizado con los formatos y la forma de trabajar de la AEAT, presentar la información de modo manual (formulario web) o semi-manual (importación de ficheros), puede traer muchos quebraderos de cabeza.

solución SILICIE

Aquellos obligados que suministren directamente en la sede Electrónica la Agencia Tributaria, los registros deben remitirse a la Agencia Tributaria en el plazo de las 24 horas hábiles siguientes al momento de producirse el hecho (movimiento, operación o proceso). Pero esto solo aplica para las empresas que registran los movimientos sin ayuda de ningún sistema informático interno.

Por otra parte, las empresas que han optado por un sistema de registro informático interno para los movimientos operaciones o procesos de productos de impuestos especiales, dispondrán de 24 días hábiles para la contabilización o registro en la aplicación. A partir de ahí, otros 5 días hábiles para la remisión a la AEAT. Por tanto, para estas empresas habría tres fechas:

  • Día en que se produce el movimiento, operación o proceso de los productos objeto de impuestos especiales.
  • Fecha de registro o contabilización en la herramienta informática (máximo de 24 horas después de la anterior).
  • Suministro de dicho registro a la AEAT (máximo de 5 días hábiles desde la fecha anterior).

Finalmente, en 2020 se permitirán hasta 8 días hábiles, aparte del periodo de gracia para los registros de los primeros 9 meses. Estos registros podrán presentarse entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre. A partir de 2021, solo habrá 5 días hábiles como máximo entre la fecha de registro y la fecha de suministro a la AEAT.

El programa SILICIE, solución para las empresas obligadas

El programa SILICIE de Extra Software es la solución. Está desarrollado a medida para la problemática de las empresas fabricantes o depositarias de ALCOHOL e HIDROCARBUROS. No solo porque permite sistematizar la información relacionada con la contabilidad de los impuestos especiales, sino sobre todo por su capacidad para realizar un seguimiento de la información remitida a la AEAT mediante SERVICIOS WEB.

El programa SILICIE de Extra Software cuenta con dos módulos independientes, pero a la vez relacionados:

gextor silicie

1. GEXTOR SILICIE:

Módulo de Gextor Gestión Comercial que incorpora la información de SILICIE en los siguientes registros:

  • Configuración de la empresa: Campos Tipo de Identificación y CAE por cada tipo que sea necesario.
  • Ficheros auxiliares: Incorporación de nuevas tablas: Epígrafes, envases, etc.
  • Clientes y proveedores: Campos de CAE, Régimen Fiscal y Datos de Repercusión.
  • Artículos: Código de epígrafe, Clave de Producto, Código NC, Unidad de Medida, Tipo de Envase, Capacidad Envase, Densidad y otros datos.
  • Movimientos de productos especiales: Información adicional para las opciones de VENTAS.

2. eSILICIE

Módulo independiente de GEXTOR que permite:

  • Importación en Excel de la contabilidad de los productos objeto de impuestos especiales. De manera DIRECTA, si la información procede de GEXTOR SILICIE.
  • Incorporación y vista previa de los diversos tipos de registro, con diversos filtros para controlarlos.
  • Remisión automática y programada mediante servicios WEB a la AEAT, con especial atención a los PLAZOS.
  • Seguimiento de los envíos a los servicios WEB de la AEAT, controlando cómodamente en todo momento sus fases e incidencias.

Nuestra amplia experiencia en sistemas basados en Servicios Web como el SII, nos hace un fabricante especialmente cualificado para afrontar el reto de una SOLUCIÓN INFORMÁTICA COMPLETA PARA EL SILICIE.

Si estás interesado en conocer más de nuestros programas SILICIE, contacta con nosotros en el siguiente formulario:

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